SE APRUEBA EN HIDALGO LEY PARA ELEGIR ORDEN DE APELLIDOS AL REGISTRAR A UN MENOR.

A través de la LXIV Legislatura, se aprobó en Hidalgo el dictamen que respalda las modificaciones en la elección del orden de los apellidos de los padres para un menor, en la Ley para la Familia del Estado.

Se especificó en la sesión aprobatoria, que la elección del orden de los apellidos para el primer hijo o hija, será igual para el resto de los descendientes, y que sin importar cual sea la elección de los padres, una vez que el menor sea registrado, se le debe asignar la Clave Única de Registro de Población.

El 25 de abril de 2019, el congreso aprobó las modificaciones propuestas, pero el 9 de mayo el jefe del ejecutivo estatal regresó el dictamen, pues este no contempló el derecho de las parejas homoparentales. Sin embargo, con 23 votos a favor, el Congreso de Hidalgo aprobó el cambio de las reformas a la ley de registro.

En el caso de que sólo una de las partes (padre o madre) solicite que en el acta de nacimiento se incluya la voluntad parental de otra persona debe presentar una carta poder firmada por ambas partes en la que exprese el consentimiento del orden de los apellidos

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