SE APRUEBA EL USO OBLIGATORIO DE CUBREBOCAS EN TULANCINGO; HABRÁ MULTAS

En el marco de la quincuagésima cuarta sesión extraordinaria de Ayuntamiento en Tulancingo fue aprobado por mayoría el punto de acuerdo para la obligatoriedad del uso de cubrebocas durante emergencia sanitaria en vía pública.

Para la aplicación de normativa se prevén multas desde una Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente (86.88 pesos), arresto hasta por cinco horas, suspensión de actividades hasta por 72 horas y hasta cancelación de licencia de funcionamiento o permiso comercial.

El punto de acuerdo establece la creación del artículo 215 Bis en el Bando de Policía y Buen Gobierno a fin de que el cubrebocas forme parte de las medidas obligatorias a acatar para la contención de propagación ante el covid-19.

El uso de cubrebocas será obligatorio cuando se transite en la vía pública, a bordo de vehículos y al trasladarse en motonetas, motocicletas y similares, a excepción de quienes usen casco que cubra la cara.

La portación estará obligada al hacer uso del transporte público en cualquiera de sus modalidades y será exigible para operadores.

El cubrebocas también deberá portarse de manera obligatoria al acudir a mercados, plazas, tianguis, centros de abasto, centros comerciales y similares, (siempre que estos puedan operar, de conformidad con las disposiciones emitidas por las autoridades sanitarias).

Comerciantes, empleados, dependientes también se incluyen a la medida así también queda obligado al uso la mascarilla protectora cuando se ingrese a oficinas y dependencias de gobierno municipal.

En el caso del ámbito gubernamental, abarca a empleados, dependientes y en general para todas las personas que se encuentren al interior.

Respecto a personas que realicen comercio en la vía pública de forma fija, semifija ambulante y ocasional deberán sumarse al uso del cubrebocas para cuidar de su salud.

Las instancias que vigilaran el cumplimiento del artículo son las direcciones de Sanidad, Seguridad Pública, Tránsito y Vialidad, así como Reglamentos y Mercados.

Tras su aprobación, deberá turnarse para su revisión a la coordinación jurídica del gobierno del Estado, posteriormente ser publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo para entrar en vigor un día posterior.

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