¿CÓMO FUNCIONA EL HOY NO CIRCULA? AQUÍ TE DECIMOS
Ante la emergencia sanitaria y por el ascenso de casos positivos de Covid-19 en el estado de Hidalgo, el gobernador, Omar Fayad, dio a conocer el programa “Hoy No Circula”, como parte de la estrategia “Operativo Escudo”.
Recordamos a los automovilistas que la restricción vehicular en Hidalgo continúa durante todo el mes de junio, a través del Periódico Oficia del estado, se declaró las reglas de operación, aquí te decimos como funciona.
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La restricción vehicular aplica a todos los vehículos, locales y foráneos (ya sea de combustión interna, hibrida o eléctrica).
El cupo máximo en los vehículos que no forman parte del catálogo de excepciones, será de dos personas, atendiendo al lineamiento de sana distancia.
Los vehículos estarán sujetos a reducción conforme al último dígito numérico de su matrícula, par (0, 2, 4, 6 y 8) o non (1, 3, 5, 7 y 9), las 24 horas, durante el mes de junio, conforme al siguiente cuadro:
PLACA | NO CIRCULA | DOMINGO QUE NO CIRCULA |
Terminada en par | Lunes (1,8,15,22 Y 29 de junio) | Primer domingo de mes (7 de junio) |
Terminada en non | Martes (2,9,16,23 y 30 de junio) | Segundo domingo de mes (14 de junio) |
Terminada en par | Miercoles (3,10,17 y 24 de junio) | Tercer domingo de mes (21 de junio) |
Terminada en non | Jueves (4,11,18 y 25 de junio) | Cuarto domingo de mes (28 de junio) |
Terminada en par | Viernes (5,12,19 26 de junio) | |
Terminada en non | Sábado (6,13,20 y 27 de junio) |
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Con el propósito de garantizar la ejecución y continuación de actividades esenciales durante la presente emergencia sanitaria, son casos de excepción a las disposiciones de reducción de movilidad vehicular en los municipios que conforman el Estado de Hidalgo, las siguientes:
- Vehículos de transporte foráneo, interestatal y federal, público y privado, en todas sus modalidades, que transiten en las vías públicas de competencia del Estado de Hidalgo.
- Vehículos del Servicio de Transporte de personas y bienes, público, privado y complementario prestados a través de concesión, permiso, autorización o convenio respectivo, en términos de la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo y que de manera enunciativa más no limitativa.
- Transporte público de pasajeros en cualquiera de sus modalidades y tipos de servicio (masivo; colectivo; individual).
- Servicio privado de transporte de personas y bienes y de sus modalidades, siempre y cuando sirvan para actividades esenciales (servicios funerarios; materiales materiales y equipos autopropulsados o remolcados; arrastre o arrastre y salvamento; carga y valores; paquetería y mensajería o reparto).
- El servicio complementario de transporte y de sus modalidades siempre y cuando este sea prestado para actividades esenciales (empleadas; hospitalarias).
- Vehículos destinados a prestar servicios de emergencia, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, servicios urbanos.
- Vehículos particulares destinados para transportar o sean conducidos por personas con discapacidad.
- Vehículos particulares utilizados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
- Vehículos utilizados para el abasto, atención, servicios y proveeduría de cualquiera de las actividades esenciales que han sido determinadas por las autoridades sanitarias; los operadores de dichos vehículos deberán contar con el documento que expida su empleador, en el cual conste la razón y el objeto social de la persona física o moral para quien labora, así como los datos de identificación y características del vehículo, la cual deberá portase en todo momento y deberá exhibirse a solicitud de los elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado.
- Vehículos particulares en los que se trasladen personas que realicen actividades esenciales, así determinadas por las autoridades sanitarias competentes, o que atiendan alguna emergencia; los propietarios o conductores de dichos vehículos deberán contar con identificación laboral expedida por su empleador, la cual deberá portase en todo momento y deberá exhibirse a solicitud de los elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado.
- Vehículos particulares que sean conducidos o utilizados para transportar a personal del sector salud en todas sus especialidades, paramédica, administrativa y de apoyo (debiendo demostrarse la participación en el sector salud con la identificación correspondiente de su área de trabajo).
- Vehículos de las dependencias o entidades de la administración pública federal, estatal o municipal, que tengan a su cargo la prestación, supervisión, inspección, vigilancia o regulación de actividades definidas como esenciales.
- Vehículos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo, unidades administrativas y demás personal adscrito a la misma, utilizados en ejercicio de sus funciones.
- Vehículos que se utilizan como unidades de apoyo para atender los programas sociales con el propósito de evitar el contagio y propagación del COVID-19.
- Vehículos que se utilizan para atender temas de impartición de justicia, actividades legislativas, seguridad interna, gobernabilidad y derechos humanos.
- Motocicletas.
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Cabe destacar que tanto el gobernador del estado, Omar Fayad, y el Subsecretario de Salud, Hugo López-Gatell, han enfatizado en que la estrategia “Hoy No Circula” en la entidad, ha ayudado a la reducción de movilidad, posicionando a Hidalgo en los primeros lugares, por lo que se seguirá implementando durante el mes de junio 2020.
Para mayor información te invitamos a consultar el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.
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